Cuando encontrar un documento no es lo mismo que descubrir lo que dice
Miércoles, 23 de septiembre de 2926
La primera vez que descubrí que mi padre era licenciado en Derecho llevaba toda mi vida sabiéndolo.
El título estaba allí, colgado en la pared. Yo lo había visto innumerables veces. Sabía que mi padre había estudiado Derecho, que había terminado la carrera y que había ejercido profesionalmente como licenciado.
Lo que nunca había imaginado era que llegaría un día en que tendría que demostrar documentalmente algo que para nosotros nunca había sido objeto de duda.
Todo empezó cuando encontré en Internet unas afirmaciones sobre mi padre que apenas reconocía. Seguí buscando y llegué a Nos vemos en Chicote y a otros trabajos de Juan Antonio Ríos Carratalá. Allí no sólo encontré una interpretación de determinados episodios de su vida que me resultaba completamente ajena. Encontré también afirmaciones concretas que podían comprobarse.
Una de ellas afectaba precisamente a sus estudios de Derecho.
En Nos vemos en Chicote se decía que en el expediente de Antonio Luis Baena Tocón sólo constaba el bachillerato y que había cursado «dos o tres asignaturas» de Derecho. En las páginas siguientes aparecía además la hipótesis de unos «exámenes patrióticos» realizados después de la Guerra Civil.[1]
Yo sabía que aquello no concordaba con la historia de mi padre.
Pero saberlo no era suficiente.
Había que demostrarlo.
Y así comenzó una experiencia que acabaría repitiéndose muchas veces durante los años siguientes: buscar documentos para demostrar cosas que creía saber y terminar encontrando, junto a ellas, otras que desconocía por completo.
Porque una cosa es descubrir un documento y otra muy distinta descubrir lo que ese documento puede demostrar.
¿Cuándo se descubre realmente un documento?
Un documento que ya estaba allí
En 2019 comencé a recorrer archivos.
Una de las fechas que puedo establecer documentalmente es el 25 de junio de 2019. Ese día consta, mediante el sello que conserva mi copia, mi consulta en el Archivo Militar de Defensa de Segovia, Sección GU-B10, donde obtuve documentación relativa a la Hoja de Servicios de mi padre.[2]
No fui allí pensando que algún día tendría que demostrar cuándo había encontrado cada papel. Iba a los archivos para saber qué había ocurrido, no para dejar constancia de que había estado allí.
Y entonces tampoco sabía que la documentación que me habían facilitado no agotaba todo lo conservado.
Años después, el 10 de septiembre de 2026, regresé al Archivo de Segovia tratando de aclarar precisamente algunas de las dudas que habían quedado abiertas. En esa nueva consulta obtuve otros documentos que no me habían sido facilitados en 2019. Entre ellos apareció una relación de documentación que había formado parte del expediente y en la que figuraba una acreditación de Licenciado en Derecho.[2]
La distinción es importante. No puedo afirmar que esa relación concreta estuviera entre los papeles que Ríos Carratalá había consultado años antes. Sí puedo afirmar algo mucho más sencillo: la documentación militar conservaba constancia de que aquella acreditación había existido.
Pero para demostrar los estudios de mi padre no necesitaba recurrir a ese indicio.
Existía una fuente mucho más directa: su expediente académico.
El expediente académico
Yo no necesitaba un expediente para saber que mi padre era licenciado en Derecho. Conservaba —y conservo— su título definitivo en casa.
Pero ahora necesitaba algo diferente: reconstruir documentalmente su trayectoria académica.
El expediente apareció con una facilidad que todavía hoy me resulta significativa. Su referencia archivística es RF 87-38; en él constan las fechas manuscrita de 28 de febrero de 1940 y sellada de 29 de febrero de 1940.[4]
No creo necesario reproducir aquí asignaturas, cursos o calificaciones. El expediente está publicado y puede consultarse.
Para la cuestión que nos ocupa basta un dato esencial:
Antonio Luis Baena Tocón había finalizado sus estudios de Derecho en junio de 1936, pocas semanas antes del comienzo de la Guerra Civil.[4]
No estamos, por tanto, ante alguien que después de la guerra tuviera que completar una carrera de la que sólo había cursado «dos o tres asignaturas». Estamos ante unos estudios terminados antes de que comenzara la guerra.
Ésa era la cuestión que necesitaba comprobar documentalmente.
Y estaba comprobada.
25 de junio de 2019
Ese mismo 25 de junio de 2019 ocurrió además algo que, visto desde hoy, resulta especialmente interesante.
Juan Antonio Ríos Carratalá me escribió aquella noche. En su correo me ofrecía «la localización del expediente militar» de mi padre y añadía:
«También le puedo mandar una transcripción del mismo».
En aquel mismo mensaje me pedía que, si disponía de documentación o información complementaria, se la facilitara «para corregir o ampliar mis trabajos».[3]
Para entonces yo había acudido personalmente a Segovia.
Por eso carece de interés convertir esta historia en una competición acerca de quién encontró antes determinado expediente. Los archivos no son una competición y los documentos no pertenecen a quien llega primero a ellos.
La cuestión verdaderamente importante es otra: qué información proporcionaban, cuándo estuvo disponible y qué ocurrió después.
De un archivo a Internet
En 2020 puse en marcha la página web dedicada a Antonio Luis Baena Tocón y comencé a publicar en ella la documentación que iba reuniendo.
No puedo precisar hoy el día exacto en que se incorporó cada documento. La web comenzó a funcionar probablemente en mayo de 2020 y, en cualquier caso, puedo afirmar con seguridad que la documentación académica estaba publicada durante aquel año.[5]
A partir de entonces se produjo un cambio importante.
El expediente ya no era solamente un documento que alguien pudiera localizar preguntando en el archivo adecuado.
Estaba públicamente accesible.
Esto introduce una diferencia que me parece esencial cuando hablamos de investigación histórica.
Una cosa es que un investigador desconozca un documento porque todavía no lo ha localizado.
Otra, que el documento haya sido localizado y publicado.
Y existe todavía una tercera situación: que ese documento sea aportado directamente a un procedimiento judicial en el que el investigador es parte.
Eso ocurrió también.
Documento 32
En 2020 se presentó la demanda judicial relacionada con las publicaciones sobre Antonio Luis Baena Tocón.
Entre la documentación aportada figuraba, como Documento 32, el «Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón como licenciado en Derecho y habilitación para el ejercicio de la abogacía».[6]
No estaba allí de manera accidental.
La demanda confrontaba expresamente ese expediente con los pasajes de Nos vemos en Chicote en los que se hablaba de las «dos o tres asignaturas», de los posteriores «exámenes patrióticos» y de las dudas acerca de la licenciatura.[6]
Cuando la demanda y la documentación que la acompañaba fueron trasladadas judicialmente a los codemandados, la situación volvió a cambiar.
Ya no se trataba de preguntar si alguien podía haber encontrado determinado expediente en un archivo.
Ni siquiera de si podía haberlo consultado en mi página web.
El documento formaba parte de un procedimiento judicial del que era parte el autor de aquellas afirmaciones.
No conozco —ni necesito conocer para esta reflexión— el día exacto en que Ríos Carratalá recibió materialmente aquella documentación. Lo relevante es que, producido el traslado judicial, ya no estamos hablando de una fuente desconocida cuya existencia hubiera que adivinar.
Y entonces la pregunta cambia.
Ya no es:
¿Por qué no encontró el documento?
La pregunta pasa a ser:
¿Qué ocurrió después de conocerlo?
Equivocarse y rectificar
Quiero detenerme aquí porque no pretendo establecer una regla para los demás que no esté dispuesto a aplicarme a mí mismo.
Durante estos años he encontrado documentos que confirmaban recuerdos familiares. Otros los han completado. Y algunos me han obligado a modificar cosas que creía saber.
Eso forma parte de cualquier investigación.
No buscaba documentos para que confirmaran mis recuerdos. Buscaba documentos para saber qué había ocurrido.
Por eso tampoco considero extraordinario que un historiador pueda equivocarse.
Puede consultar un expediente incompleto. Puede no localizar otro. Puede interpretar incorrectamente un dato. Puede formular una hipótesis que posteriormente resulte insostenible.
El error inicial no es lo que más me interesa de esta historia.
La cuestión verdaderamente interesante comienza cuando aparece el documento que permite comprobarlo.
El propio Ríos Carratalá escribió el 1 de agosto de 2019:
«Yo soy historiador y como tal estoy abierto a matizar, corregir o rectificar, pero sin imposiciones y bajo mi libertad de cátedra».[7]
La frase figura reproducida en la documentación del procedimiento.
Estoy de acuerdo en lo esencial: investigar también significa estar dispuesto a corregir.
Pero precisamente por eso surge otra pregunta:
¿Qué significa rectificar?
Diez años después: una nota al pie
Entre la primera edición de Nos vemos en Chicote, publicada por Editorial Renacimiento en 2015, y su tercera edición, publicada en 2025, transcurrieron diez años. Hubo una segunda edición en 2019.[1]
Entre la primera y la tercera ocurrieron muchas cosas.
Apareció documentación. Se localizaron expedientes. Se hicieron públicos. Se aportaron a un procedimiento judicial. Hubo años para contrastarlos y para modificar lo escrito si se consideraba necesario.
En la tercera edición existe una novedad que no pretendo ocultar y que, precisamente por ello, merece ser reproducida.
En la página 151, dentro del capítulo «La represión requiere colaboradores», aparece una nueva nota al pie, la número 10, en la que Ríos Carratalá reconoce que la información biográfica contiene «algunas inexactitudes que he rectificado». Remite a tres entradas de su blog Varietés y República, de 23 de enero de 2021, 3 de noviembre de 2024 y 8 de diciembre de 2024, y a dos artículos depositados en el Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante, fechados el 17 de octubre y el 8 de noviembre de 2024. También remite expresamente, como «visión contrapuesta», a esta misma web dedicada a Antonio Luis Baena Tocón.[9]
La nota existe.
Y debe constar.
Pero existe también otro hecho que considero igualmente necesario señalar: el relato principal de esas páginas sobre la formación jurídica de Antonio Luis Baena Tocón permanece en la tercera edición.[10]
Por eso no afirmo simplemente que no exista una rectificación. Lo que me pregunto es algo diferente:
¿qué se ha rectificado, dónde se ha rectificado y qué sigue leyendo el lector en el texto que acaba de ser nuevamente publicado?
Rectificar una nota, rectificar un relato
La distinción no me parece menor.
Durante años las afirmaciones relacionadas con mi padre no permanecieron encerradas entre las páginas de un libro.
Alcanzaron prensa escrita y digital, radio, televisión, entrevistas y redes sociales. La documentación aportada al procedimiento permite comprobar que su difusión trascendió ampliamente la obra original.[8]
Frente a esa dimensión pública, la tercera edición mantiene el cuerpo del relato e incorpora una nota al pie que reconoce genéricamente «algunas inexactitudes» y dirige al lector a otros textos.
No niego la existencia de esa nota.
Lo que cuestiono es su alcance como rectificación del relato que continúa publicándose.
Una remisión a otros trabajos puede informar al lector especialmente interesado de que el autor ha revisado posteriormente determinados extremos. Pero eso no responde por sí solo a otra cuestión: qué ocurre con las afirmaciones que continúa encontrando el lector en el cuerpo principal de una nueva edición.
No se trata de exigir que una rectificación recorra mecánicamente todos los periódicos, radios o televisiones por los que anteriormente circuló una información.
Se trata de algo más elemental:
que la corrección permita saber con claridad qué se afirmó, qué ha demostrado después la documentación y qué parte de aquello debe considerarse corregida.
Y la cuestión adquiere todavía mayor importancia cuando no hablamos de una simple reimpresión.
Hablamos de una nueva edición publicada diez años después.
Una reedición no viaja al pasado. Se publica con la documentación disponible en el momento de reeditarla.
Por eso 2025 no puede analizarse como si continuáramos en 2015.
El documento incómodo
Todos investigamos desde alguna perspectiva. Todos tenemos ideas previas y formulamos hipótesis. También quien escribe estas líneas.
El rigor histórico no consiste en carecer de ideas.
Consiste en estar dispuesto a someterlas a los documentos.
Y especialmente a los documentos que no nos dan la razón.
Por eso no me interesa discutir aquí la ideología de Juan Antonio Ríos Carratalá ni atribuirle intenciones que sólo él puede conocer.
Me interesa algo mucho más sencillo y comprobable:
qué escribió antes de conocer determinados documentos, qué documentación estuvo después a su disposición y qué continuó publicando una vez conocida.
El sesgo de una investigación no se demuestra simplemente señalando las ideas de su autor. Lo que sí puede examinarse es si las fuentes que contradicen una interpretación reciben el mismo rigor y la misma capacidad para modificarla que aquellas que la confirman.
Ese criterio vale para todos.
También para mí.
Si mañana apareciera un documento auténtico que contradijera algo que he escrito sobre mi padre, tendría que estudiarlo y, si demuestra mi error, corregirlo.
Ser hijo suyo no me exime de esa obligación.
Precisamente por serlo debo extremar la prudencia.
¿Quién descubre entonces la pólvora?
Durante estos años he aprendido que existen, al menos, tres maneras diferentes de «descubrir» un documento.
La primera es encontrar algo que realmente permanecía desconocido. Un documento que aporta información nueva y obliga a modificar lo que hasta entonces sabíamos.
La segunda consiste en localizar un documento que siempre estuvo en un archivo, pero que nadie había buscado allí o relacionado con determinada cuestión. El documento no es nuevo; lo nuevo es la pregunta que le hacemos.
Y existe una tercera posibilidad.
Que el documento ya haya sido localizado.
Que haya sido publicado.
Que haya sido aportado a un procedimiento judicial.
Que haya llegado a quienes sostenían una afirmación diferente.
Y que, años después, volvamos a encontrarnos ante el mismo problema.
Entonces quizá ya no estemos ante el descubrimiento de un documento.
Estamos ante la historia de lo que se hizo con él después de conocerlo.
Mi padre no puede responder
Hay una razón personal por la que he dedicado tantas horas a todo esto.
Antonio Luis Baena Tocón murió en 1998.
No puede explicar qué estudió, cómo transcurrió su servicio militar, qué hizo en el Juzgado Especial de Prensa ni responder a lo que posteriormente se haya escrito sobre él.
Tampoco pretendo sustituir su voz con la mía.
Quedan los documentos.
Y creo que mi obligación no consiste en conseguir que esos documentos digan lo que yo quisiera que dijeran, sino en intentar que digan exactamente lo que permiten demostrar.
Por eso esta entrada no nace de la pretensión de que nadie pueda escribir críticamente sobre mi padre.
Nace de algo mucho más elemental.
Si durante más de diez años se ha repetido una afirmación sobre una persona fallecida y posteriormente aparecen documentos que permiten comprobarla o corregirla, considero legítimo reconstruir cuándo aparecieron esos documentos, cuándo pudieron conocerse y qué ocurrió después con la historia que se había escrito.
Nada más.
Pero tampoco nada menos.
Porque, al final, ésta no es una historia sobre quién encontró primero un expediente.
Ni sobre quién tuvo razón antes.
Es una historia sobre qué hacemos cuando los documentos contradicen aquello que habíamos escrito.
Hay documentos que cambian la Historia. Y hay otros que sólo cambian la historia que alguien había contado.
Los primeros pueden obligarnos a cambiar lo que creíamos saber.
Los segundos deberían obligarnos, al menos, a cambiar lo que habíamos escrito.
Porque la pólvora no se descubre cada vez que alguien abre el cajón donde llevaba años guardada.
Notas
[1] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025, capítulo «La represión requiere colaboradores», especialmente pp. 150-152 y ss. En estos pasajes se encuentran las referencias a las «dos o tres asignaturas» de Derecho y a los posteriores «exámenes patrióticos». La documentación aportada posteriormente a la demanda confronta esas afirmaciones con el expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón.
[2] Archivo Militar de Defensa de Segovia, documentación de Antonio Luis Baena Tocón, Sección GU-B10. La copia conservada por el autor lleva sello fechado el 25 de junio de 2019. En una nueva consulta realizada personalmente el 10 de septiembre de 2026, el Archivo facilitó documentación adicional que no había sido entregada en la primera visita. Entre ella figura una relación de documentos anteriormente obrantes en el expediente, incluida una acreditación de Licenciado en Derecho. La presente entrada no presupone que esa relación concreta hubiera sido consultada anteriormente por Ríos Carratalá.
[3] Correo electrónico de Juan Antonio Ríos Carratalá a José Francisco Baena González, 25 de junio de 2019, 22:53. Ríos Carratalá ofrece «la localización del expediente militar» de Antonio Luis Baena Tocón y señala: «También le puedo mandar una transcripción del mismo». En el mismo correo solicita que se le facilite documentación o información complementaria «para corregir o ampliar mis trabajos».
[4] Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón, referencia RF 87-38; fecha manuscrita 28-02-1940 y sello de 29-02-1940. La documentación acredita la trayectoria académica y la finalización de los estudios de Derecho en junio de 1936, antes del comienzo de la Guerra Civil. Posteriormente fue incorporada al procedimiento civil como Documento 32.
[5] Documentación académica de Antonio Luis Baena Tocón publicada en la web dedicada a su figura durante 2020. Al no conservarse por el momento constancia que permita fijar con seguridad el día concreto de su primera publicación, se evita atribuirle en esta entrada una fecha más precisa.
[6] Demanda de protección civil del derecho al honor presentada en 2020 y documentación adjunta. El índice identifica como Documento 32 el «Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón como licenciado en Derecho y habilitación para el ejercicio de la abogacía». La demanda confronta expresamente dicho expediente con los pasajes de Nos vemos en Chicote relativos a las «dos o tres asignaturas», los «exámenes patrióticos» y la licenciatura.
[7] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio, publicación de 1 de agosto de 2019, reproducida en la documentación del procedimiento: «Yo soy historiador y como tal estoy abierto a matizar, corregir o rectificar, pero sin imposiciones y bajo mi libertad de cátedra».
[8] La documentación incorporada al procedimiento recoge la difusión de las informaciones relativas a Antonio Luis Baena Tocón a través de prensa escrita y digital, radio, televisión y redes sociales, además de distintas entrevistas y publicaciones. Para la finalidad de esta entrada no se considera necesario reproducir la extensa relación de medios.
[9] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, 3.ª edición, 2025, p. 151, nota 10. El autor reconoce que la información del apartado biográfico «incluye algunas inexactitudes que he rectificado» y remite a las entradas de Varietés y República de 23-I-2021, 3-XI-2024 y 8-XII-2024; a los trabajos «Aportaciones para la biografía del alférez Baena Tocón» (17-X-2024) y «Datos para la trayectoria del alférez Baena Tocón» (8-XI-2024), depositados en el Repositorio de la Universidad de Alicante; y, como «visión contrapuesta», a antonioluisbaenatocon.es. La nota anuncia asimismo que esos trabajos servirán de base para un capítulo posterior dedicado a Antonio Luis Baena Tocón.
[10] RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025, capítulo «La represión requiere colaboradores», pp. 150 y ss. La comparación realizada para esta entrada se circunscribe a los pasajes relativos a Antonio Luis Baena Tocón y, especialmente, a su formación jurídica. La afirmación de que permanece el relato principal debe entenderse referida a esos pasajes concretos, no a la identidad íntegra de las tres ediciones.
Fuentes consultadas
— Archivo Militar de Defensa de Segovia, Sección GU-B10. Documentación y Hoja de Servicios de Antonio Luis Baena Tocón; documentación complementaria obtenida el 10 de septiembre de 2026.
— Expediente académico de Antonio Luis Baena Tocón, referencia RF 87-38. Documentación relativa a sus estudios de Derecho y titulación.
— Correspondencia electrónica entre Juan Antonio Ríos Carratalá y José Francisco Baena González, 2019.
— Demanda y documentación aportada al procedimiento civil, especialmente Documento 32.
— RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: Nos vemos en Chicote, Editorial Renacimiento, ediciones de 2015, 2019 y 2025, especialmente capítulo «La represión requiere colaboradores», pp. 150 y ss.
— RÍOS CARRATALÁ, Juan Antonio: publicaciones citadas en la nota 10, p. 151, de la tercera edición de Nos vemos en Chicote: entradas de Varietés y República de 23-I-2021, 3-XI-2024 y 8-XII-2024, y trabajos depositados en el Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante de 17-X-2024 y 8-XI-2024.
— antonioluisbaenatocon.es, documentación académica y documental publicada desde 2020.
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